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Junta de Comercio
1C.1

La Junta de Comercio y será renovado de manera clara y dinámica en función de asesorar al Gobierno sobre las cuestiones pertinentes relacionadas con la Política de Comercio Exterior. Habría un proceso de continua interacción entre la Junta de Comercio y de Gobierno a fin de lograr el deseado objetivo de incrementar las exportaciones de la India.

Términos de Referencia
1C.2

La Junta de Comercio tendría el siguiente mandato:

(I)

Para asesorar al Gobierno sobre las medidas de política para la preparación y aplicación de ambas a corto y largo plazo los planes para aumentar las exportaciones a la luz de las nuevas económico nacional e internacional escenarios;

(II)

Para revisar los resultados de exportación de varios sectores, identificar las limitaciones específicas de la industria y proponer medidas para optimizar los ingresos de exportación;

(III)

Para examinar el marco institucional existente para las importaciones y exportaciones y sugerir medidas prácticas para simplificar aún más para lograr los objetivos deseados;

(IV)

Para revisar los instrumentos de política y procedimientos para las importaciones y exportaciones y sugerir medidas para racionalizar y channelise esos sistemas para una óptima utilización;

(V)

Para examinar las cuestiones que se consideran pertinentes para la promoción del comercio exterior de la India, y fortalecer la competitividad internacional de bienes y servicios de la India.

(VI)

A comisión de estudios para la consecución de los objetivos mencionados.

Composición
1C.3

Gobierno designará una persona eminente o experto en política comercial a ser Presidente de la Junta de Comercio. Gobierno deberá también nombrar 25 personas, de los cuales al menos 10 serán expertos en la política comercial. Además, los Presidentes de los Consejos de Promoción de las Exportaciones reconocido y el Presidente o el Secretario General Nacional de Cámaras de Comercio serán miembros ex-officio.

Reuniones
1C.4

La Junta se reunirá al menos una vez cada trimestre y hacer recomendaciones al Gobierno sobre cuestiones relativas a su mandato.

Sub-comité
1C.5

La Junta de Comercio tendrá la facultad de crear subcomités y para co-optar a estos expertos, para hacer recomendaciones sobre sectores específicos y objetivos.

Secretaría y Jefe de Presupuesto
1C.6

La Junta de Comercio tendrá una Secretaría y Jefe de Presupuesto y serán atendidas por el Departamento de Comercio.

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